Ya hace algunos años desde que la protección de datos comenzó a regularse tanto a nivel nacional como internacional, y cada vez de manera más estricta. La aparición del Reglamento ePrivacy no es más que el siguiente paso en el largo proceso que persigue la defensa del derecho a la privacidad de los usuarios a nivel europeo. Y, como tal, las empresas deben adaptarse a él para garantizar la seguridad de sus clientes. Conozcamos más sobre el Reglamento ePrivacy y su importancia para la Voz IP.
¿Qué es el Reglamento ePrivacy?
La normativa europea para la protección de datos ePrivacy (Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre el respeto de la vida privada y la protección de los datos personales en el sector de las comunicaciones electrónicas) amplía tanto la rigurosidad de los protocolos de seguridad como los actores que habrán de aplicarla en todos los Estados miembro de esta. Por ejemplo, proveedores de comunicaciones como Whatsapp, Facebook Messenger, Skype y un largo etcétera habrán de adherirse obligatoriamente a ella. Su objetivo principal es introducir una normativa a nivel europeo para que las empresas no tengan que enfrentarse a fronteras internacionales en Internet y potenciar la confianza de los ciudadanos en los canales de comunicación digitales.
El tratamiento de las cookies será mucho más estricto, del mismo modo que los metadatos de las comunicaciones. Además, el no aceptar la recogida de datos por parte de un servicio digital ya no podrá ser motivo para denegar su uso. El usuario será quien rechazará aquellas cookies que no sean imprescindibles y regulará su configuración en el navegador. Con esto el reglamento ePrivacy busca que solo se utilicen los datos personales si el usuario da su consentimiento.
También obliga a un cifrado extremo en la transmisión de los datos e incluso evitar el acceso a los gobiernos.
A nivel de marketing directo esta normativa se pone más estricta con el telemarketing, ya que sugiere que solo puedan realizar llamadas con fines publicitarios o de televenta aquellos que revelen sus números de teléfono o muestren un código obligatorio para mostrar que se trata de una llamada promocional.
¿Y qué hay del RGPD?
Vamos a clarificar algunos conceptos. La LOPD, o Ley Orgánica de Protección de Datos, es la normativa española que comenzó a aplicarse en 1999. El RGPD, por su parte, es un reglamento europeo cuya puesta en funcionamiento data de mayo de 2018 y que resulta mucho más concienzudo a la hora de definir cómo deben tratarse los datos personales por parte de las empresas que los recopilen.
El Reglamento ePrivacy no viene a derogar este último; de hecho, la intención original de la Comisión Europea era que fuesen aprobados y puestos en funcionamiento a la vez y es que con esta nueva legislación (y alguna otra, como el Reglamento de Itinerancia de la UE) la Unión Europea pretende dejar el camino preparado para su Mercado Único Digital.
Así, lo que en realidad ocurre es que ambos se complementan. No se trata tanto de un cambio en la ley sino de un refuerzo y endurecimiento en pro de la privacidad del usuario, que se ve cada más blindada. De este modo, por decirlo de alguna manera, el “Internet europeo” se vuelve más amigable y seguro para el comprador digital.
¿Se aplicará a las grabaciones de voz IP?
Las grabaciones de voz IP son archivos de voz enviados a través de mensajería digital. El ejemplo más claro son los mensajes de audio vía Whatsapp.
Como ya hemos mencionado, estas empresas de mensajería están ahora forzadas a acatar el nuevo reglamento de protección de datos. Lo que significa que estos servicios, antes exentos de regulación, se encuentran ahora bajo el amparo de la ley comunitaria.
Pese a las protestas de ciertos desarrolladores y publicitarios, el nuevo Reglamento ePrivacy no hace más que asegurar aún más la privacidad del usuario en Internet. Desde aquí recomendamos estar informados sobre los derechos digitales como usuarios de las nuevas tecnologías.
Este reglamento todavía pendiente de aprobación no hace nada más que generar debate.